Ser padres en 2021

Permiso por nacimiento 2021


El pasado mes de marzo de 2019 el gobierno de coalición PSOE y UP aprobó el decreto de igualación de los permisos de maternidad y paternidad, que fue convalidado posteriormente en el Congreso, con el voto en contra del PP.

A partir del 1 de enero de 2021 las condiciones del permiso de paternidad y maternidad pasarán a ser la siguientes.

  • El permiso parará a ser de 16 semanas para ambos progenitores ampliables en caso de partos múltiples en una semana más a cada progenitor por cada hijo a partir del segundo. Si el hijo o hija tiene discapacidad, se ampliará a una semana más para cada uno de los progenitores. Se dividen en dos períodos:
    • Las 6 primeras semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento (o decisión administrativa si hemos adoptado). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto. Estas semanas deberán disfrutarse a tiempo completo.
    • Las otras 10 semanas voluntarias y libres también tras el nacimiento (o decisión administrativa si hemos adoptado), y se pueden disfrutar hasta que el bebé tenga 12 meses de edad.
  • No se pueden ceder semanas por parte de la madre al padre.
  • Las 10 semanas libres se pueden juntar o no con las 6 primeras obligatorias y disfrutarse seguidas, o tomarlas en períodos semanales siempre a elección del trabajador.
  • En casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa el niño deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, las 10 semanas libres se contarán a partir de la fecha del alta hospitalaria.
  • En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos otros en que el niño precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un periodo superior a 7 días, el permiso se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.
  • Estas 10 semanas se pueden disfrutar a jornada parcial siempre de acuerdo con la empresa. En este caso la reducción de la jornada no podrá de más de un 50% respecto a un trabajador a tiempo completo, y la duración aumentará proporcionalmente al porcentaje de reducción de la jornada, es decir que las 10 semanas se podrían convertir en 20.
  • No es obligatorio decidir al principio cómo se van a disfrutar las 10 semanas libres, simplemente preavisar con 15 días del disfrute de cada período en el que se separan estas.
  • Para este permiso no es necesaria la autorización de la empresa para poder disfrutarse ni para elegir las fechas. Al ser una suspensión de contrato se cobra el 100% de la base reguladora y sería una falta muy grave trabajar o teletrabajar sancionable por la Inspección de Trabajo.
  • Cuando los dos progenitores que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el disfrute simultáneo de las diez semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.
  • Este permiso tiene derecho a al reserva de puesto de trabajo y la reincorporación debe ser al mismo puesto y con la misma jornada.
  • Las vacaciones no disfrutadas no se pierden, se disfrutarán en un período distinto al del permiso.
  • En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de suspensión no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio, se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.
  • Durante el citado permiso se está exento de pagar IRPF.

Para ampliar información: 



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