Aplicación del Convenio Colectivo de Granjas Avícolas
Aplicación del Convenio Colectivo de
Granjas Avícolas
La Dirección de CEFUSA acogiéndose
al artículo 41 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, el pasado
15 de marzo inició el procedimiento para la modificación sustancial de las
condiciones de trabajo, instando al Comité de Empresa a la constitución de una Comisión
Negociadora.
Ese mismo día 15 de marzo, tras
la comunicación de la Empresa, el Presidente del Comité confeccionó la lista con los miembros de la Comisión
Negociadora, en la que ante las circunstancias señaladas en el anterior
comunicado los miembros de CC.OO. decidimos no participar.
Al día siguiente, 16 de marzo el Presidente
del Comité de Empresa comunicada a la Dirección de CEFUSA la composición de la
Comisión Negociadora para el cambio del Convenio Agrícola Forestal y Pecuario
de la Región de Murcia al Convenio de Granjas Avícolas, de ámbito estatal.
Ese mismo 16 de marzo, CEFUSA, acusa
el recibo de la composición de la Comisión y señala la primera reunión del periodo de consultas para el 20 de marzo. En esta
reunión se propone a la Empresa:
1. Que
se respeten las condiciones más beneficiosas que los trabajadores hayan
adquirido por la aplicación del Convenio Colectivo Agrícola Forestal y Pecuario
de la Región de Murcia.
2. Que
el trabajador que lo solicite pueda acompañar al médico a un familiar.
3. Que
los periodos de IT no perjudiquen al cálculo de las pagas extraordinarias.
4. Que
se conserven las mejoras de la póliza de accidentes de la Empresa.
El 22 de marzo tiene lugar la 2ª,y
ultima reunión de la Comisión Negociadora con la Empresa, en las que se
acuerda:
1. Aplicación
del Convenio Colectivo Estatal de Granjas Avícolas y Otros Animales, a los
trabajadores de CEFU, S.A. de Murcia, dejándose de aplicar el Convenio Agrícola
Forestal y Pecuario.
2. Aplicación
a toda la Planilla de trabajadores adscritos a Murcia, y a los de nueva
contratación.
3. Entrada
en vigor el 1 de marzo.
4. Mantenimiento
de las condiciones laborales más beneficiosas, para aquellos trabajadores que las
tengan incorporadas en su contrato de trabajo, de forma consolidada e individualizada,
en virtud de la aplicación en el tiempo del anterior Convenio.-
5. Mejoras
sobre las condiciones mínimas del Convenio Colectivo Estatal de Granjas
Avícolas y Otros Animales.
a.
Los trabajadores en situación de baja por
enfermedad, enfermedad profesional, accidente o licencia percibirán las pagas
extraordinarias integras.
b.
Se permitirá que los trabajadores acompañen a
sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad a consultas médicas
de la Seguridad Social, si bien, las horas se tendrán que compensar o
recuperar.
c.
Preservar con las consiguientes mejoras anuales
la actual póliza de accidente suscrita con Vida Caixa. Así mismo, se hará
partícipe al Comité de Empresa en la renovación de la actual póliza,
garantizando que la prima no baje del precio actual (por trabajador).
Todos estos acuerdos son los que ya
había dado su conformidad, CEFUSA, pero que estaban pendientes de plasmar en un
documento, y a los que los delegados de CC.OO de Murcia incorporamos las
siguientes:
- 1. Porcentaje de temporalidad en la plantilla en función de la provincia.
- 2. Cobro integro de pagas extras en caso de bajas y permiso de paternidad.
- 3. Permisos para acompañar a familiares enfermos.
- 4. Nueva tabla salarial conteniendo las retribuciones por categoría, pluses y horas extras.
- 5. Participación del Comité y revalorización de la prima del seguro de vida.
- 6. Que de la media hora del tiempo de almuerzo, 15 minutos sean a cargo de la Empresa.
- 7. Que el nuevo concepto denominado “Complemento a Devengos” no quede congelado y se incremente en la misma proporción que marque el Convenio.
Los delegados de CC.OO. en Murcia
lamentamos que se haya perdido la oportunidad de consolidar en el acuerdo algunos
de los derechos colectivos adquiridos por los trabajadores, negociar diversas
cuestiones contempladas en el nuevo Convenio o clarificar los conceptos
salariales de la nómina.
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