Ajustes de nómina enero-febrero 2022



En las pasadas nóminas del mes de enero y febrero del presente año se han producido por parte del departamento de administración diversos errores en el abono de festivos motivados por los recientes cambios de cuantía de los mismos y del programa informático que elabora las mismas.

Nos hemos puesto en contacto con el departamento de RR.HH y nos han comunicado que se han sido varias las circunstancias que han motivado estos errores:

  • Cálculo personalizado de las cuantías de los festivos, en relación a la antigüedad reconocida en nómina (Complemento personal).
  • Abono de Festivos de 4 horas al precio de festivos de 5 horas en el mes de diciembre de 2021.
  • Al intentar corregir el abono del festivo de 5 horas en el mes de enero de 2022, se produce un nuevo error, volviendo a abonar el festivo, pero con un precio que no corresponde, ni al festivo de 4 horas ni al festivo de 5 horas.
  • En febrero de 2022 vuelven a intentar corregir el exceso pagado por el festivo de mas pagado en enero pero también quieren corregir el festivo pagado a 5 horas y trabajado a 4. Con lo que descuenta un festivo de 5 horas, cantidad esta que tampoco correspondería descontar, al no haberse abonado correctamente el festivo de 4 horas.

En esta situación el trabajador se ve perjudicado, pues le han abonado un festivo a un precio y pretenden descontárselo a otro.

También hemos corroborado con el departamento de RR.HH. que la cuantía que aparece en la nómina de febrero de 2022 en el apartado de las DEDUCCIONES como Ajuste de nómina está motivada por las retenciones a la seguridad social del premio a la producción de 2021.

Esto podéis comprobarlo solicitando un informe de las bases de cotización a la Seguridad Social en las cuales podréis comprobar, que las cuantías de lo cotizado por la empresa es superior a lo que aparece en nuestras nóminas y si sumamos esta diferencia de todos los meses de 2021 se corresponderá con la cuantía del premio a la producción cobrado.

A estas cuantías falta que aplicarle el porcentaje de retención de la Cotización al Régimen General de la Seguridad Social del 4,70% y de la Cotización Desempleo, Formación Profesional del 1,65%, conceptos estos que todos vemos mensualmente en nuestras nóminas.


Hasta que no acaba el año y se conocen las cuantías del premio a la producción no se pueden aplicar las correspondientes retenciones y aparecer en el informe de cotizaciones de la Seguridad Social.

Esperamos que todo esto se corrija en la próxima nómina abonando el importe entre la diferencia de lo pagado  y lo cobrado. 

Ante cualquier duda como siempre estamos a vuestra disposición por los cauces habituales. También nos han informado desde el departamento de RR.HH que atenderán vuestras dudas al respecto




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