Reconocimiento Médico

La Sección Sindical de CCOO informa

Medicina, Paciente, Medico, Tensión, Enfermedad A raíz del confinamiento de la cuidad vecina de Totana, la Empresa ha vuelto a tomar  medidas para paliar el posible contagio de trabajadores y ha implantado de nuevo los turnos de mañana y tarde para que no se vea muy afectada la producción si esto ocurre.

Los reconocimientos médicos anuales que en años anteriores se realizaban en mayo se van a realizar próximamente. La mitad de la plantilla está de turno de tarde y tendrá que realizarlo en su tiempo libre.

A pesar de la ausencia normativa y reglamentaria, los reconocimientos médicos nunca deben suponer una carga, coste o consecuencia negativa y perjudicial para el trabajador.

La Audiencia Nacional en sentencia de 2 de marzo de 2020 reconoce el derecho a que el tiempo empleado en la realización de los reconocimientos médicos ya sean voluntarios u obligatorios se deben hacer en jornada y horario laboral y en caso de tener que realizarse fuera de dicho horario, el tiempo que el trabajador invierta debe ser considerado como tiempo efectivo de trabajo, y compensado.

La Audiencia Nacional invoca el artículo 14.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En la que se establece que "El coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores".

Según la sentencia, esta normativa debe interpretarse no solo desde el punto de vista estrictamente económico, sino también social, al objeto de que se traduzca en una verificación de inexigencia de tener que soportar la realización del  reconocimiento médico, por mucho que sea voluntario o condicionado, fuera de la jornada y tiempo de trabajo.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Convocatoria de reunión del Comité de Empresa

Solicitud a la Empresa para que se apliquen las subidas estipuladas en Convenio y se paguen los atrasos.

Encuesta Botas de Seguridad

Subir arriba