Convenio Colectivo Granjas Avícolas
VISTO PARA SENTENCIA EL CONFLICTO SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL EN EL CONVENIO ESTATAL DE GRANJAS AVÍCOLAS
La demanda de CCOO era muy clara y contundente aplíquese lo pactado que no es ni mas ni menos que las personas trabajadoras se les aplique un incremento del 10.2% sobre sus salarios de 2022 y con el consiguiente pago de los atrasos devengados durante el año pasado. Y a partir de ahí, se constituya la comisión negociadora para el año 2023.
Durante el juicio, las patronales ASEPRHU y AVIANZA han seguido negando la mayor e intentando con tretas que no se aplique lo pactado. Y por otra parte, la patronal FEDEROVO que le guste más o menos, entiende como no puede ser de otra manera que se aplique lo pactado, no oponiéndose a las pretensiones de nuestra demanda, ya que no es ni mas ni menos que respetar el acuerdo.
Al parecer las ansias de maximizar los beneficios de las empresas de granjas avícolas y productoras de huevos no tiene fin, llegando hasta a oponerse a aplicar lo pactado porque dicen que es mucho. Sin embargo, las empresas de este sector están haciendo el agosto inflando los precios de forma desorbitada aprovechándose de la demanda en Europa.
Sin perjuicio de lo anterior, ahora toca espera al pronunciamiento del fallo de la Audiencia Nacional y en función del sentido del mismo actuaremos en consecuencia.No descartando si la Audiencia Nacional nos da la razón y la Patronal persiste en su incumplimiento, poner en marcha las medidas de acción sindical que consideremos al objeto de"convencer" a las dos patronales ASEPRHU y AVIANZA que seguir por ese camino, solo conllevará un conflicto laboral sin precedentes que ellos mismos han provocado. Siendo solo ellos responsables de las consecuencias derivadas de sus propios actos.
En relación a la demanda patronal por no constituir la mesa negociadora, hemos acordado en conciliación que los sindicatos no nos oponemos a constituir la mesa para negociar las condiciones de 2023 (no las anteriores, que ya están pactadas y son claras salvo que nos diga el juez lo contrario) en el plazo máximo de los quince días a partir de la notificación de la sentencia relativa a la revisión salarial consistente en un incremento de un 10.2%.
Seguiremos informando
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