馃 Despu茅s de 10 meses de negociaci贸n infructuosa entre patronal y sindicatos el pasado d铆a 18 de noviembre se lleg贸 a un pre-acuerdo para que los empresarios retiren de sus peticiones los aspectos m谩s importantes que bloqueaban la firma del convenio colectivo.
馃懛 Los empresarios solicitaban la congelaci贸n de salarios, flexibilidad y disposici贸n horaria del trabajador, no pagar horas extras y compensaci贸n de descanso.
馃搵 Este pre-acuerdo se resume en:
脕mbito Temporal: 3 a帽os desde el 01/01/2021 hasta el 31/12/2023)
脕mbito funcional: Se incluye el loncheado y/o envasado como actividades a las que aplicar el convenio colectivo.
Contratos Formativos: Se incrementaran las retribuciones de los contratos en pr谩cticas hasta el 80% y el 90% durante el primer o segundo a帽o de vigencia del contrato y el de formaci贸n hasta el 70%, 80%, 90% durante el primero, segundo o tercer a帽o, respectivamente.
Ordenaci贸n del tiempo de Trabajo: Se establece que la jornada ordinaria diaria ser谩 de 8 horas de trabajo efectivo, lo que supondr谩 que en aplicaci贸n de la distribuci贸n irregular de la jornada (bolsa), no se pueda trabajar m谩s de 10 horas y no 11 horas como anteriormente. Se establece la bolsa de flexibilidad en 145 horas anuales pero su utilizaci贸n deber谩 de ser en horas completas.
Establecimiento de un permiso retribuido para asistir al m茅dico especialista o acompa帽ar al m茅dico a familiares dependientes de 10 horas anuales.
Incrementos Salariales: A帽o 2021: 3% con pago de atrasos desde 1 de enero. A帽o 2022: 2,75%. A帽o 2023: 2,5%
Clausula de actualizaci贸n salarial: Si la suma de los IPCs acumulados de los a帽os 2021, 2022 fuese superior al incremento salarial pactado en el per铆odo de referencia el exceso formar铆a parte de la base de c谩lculo de los salarios de 2023. Si el IPC definitivo de 2023 fuese superior al incremento pactado de ese a帽o, el exceso formar铆a parte del salario a cobrar a partir del salario a cobrar a partir del 1 de enero de 2024.
Art铆culo 58 (Nocturnidad): S贸lo quedan exceptuados del pago del plus Nocturnidad las personas de guarder铆a y vigilancia, as铆 como aquellos trabajos que sean nocturnos pro su propia naturaleza.
Ritmos de producci贸n: la modificaci贸n de un sistema de retribuci贸n a rendimiento mediante incentivos solo se podr谩 realizar previa negociaci贸n con los representantes de los trabajadores. De la posibilidad de revisi贸n de valores encaso de que el 75% de la plantilla supere la actividad 贸ptima durante un mes, se fija que sea solo si se supera el 80%.
Jornada Laboral: A partir de a帽o 2022, la jornada laboral anual ser谩 de 1760 horas a帽o. Es decir, 10 horas menos.
El convenio colectivo con independencia de la fecha de su publicaci贸n el el BOE, se aplicar谩 con fecha 1 de enero de 2022.
Anexo 18. Mejoras de las prestaciones de Seguridad Social. Complemento de la IT pro enfermedades profesionales hasta el 100% de la base reguladora.
Se acuerda introducir mejoras y nuevos derechos en materias como: igualdad, crear la figura del Delegado/a de Medio Ambiente, Trabajo a Distancia y Teletrabajo, Registro de la jornada y desconexi贸n Digital.
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